
El Diario Oficial de la Federación publicó un decreto que reforma y amplía las facultades de la Guardia Nacional en carreteras y puentes federales. A partir del 26 de mayo de 2026, los elementos de esta corporación estarán legalmente autorizados para realizar inspecciones vehiculares, dirigir el tránsito, verificar sistemas de frenado y emitir dictámenes técnicos en hechos de tránsito. Además, podrán sancionar a quienes infrinjan el Reglamento de Tránsito en las vías federales.
Esta actualización legal busca fortalecer la seguridad vial y mejorar la coordinación con la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SICT), con el propósito de prevenir accidentes en las carreteras del país. Entre las nuevas atribuciones de la Guardia Nacional está la aplicación de multas a conductores que incumplan disposiciones, así como la elaboración de actas-convenio en casos de hechos de tránsito.
También se establece que los automovilistas que se nieguen a acatar las órdenes de los elementos de la Guardia Nacional o se resistan a entregar la documentación requerida —como licencia de conducir o tarjeta de circulación— podrán recibir sanciones. La Guardia Nacional cooperará además con autoridades para la persecución y detención en casos de flagrancia y brindará apoyo a las instancias investigadoras cuando se requiera.
El decreto detalla las multas aplicables, que varían según la infracción, y se basan en la Unidad de Medida y Actualización (UMA) 2026. Por ejemplo, desobedecer a la autoridad de tránsito puede sancionarse con multas de entre 4,692 y 5,865 pesos. El documento también menciona la operación de diversos programas permanentes para mejorar la seguridad vial, como campañas para fomentar el uso del cinturón de seguridad y el respeto a límites de velocidad.



































































































