
La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) publicó en el Diario Oficial de la Federación los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, que eliminan la obligación explícita de no difundir información falsa o descontextualizada pero mantienen un marco de vigilancia sobre contenidos.
Según la CRT, las nuevas disposiciones no intervienen en el trabajo periodístico ni en la línea editorial de los concesionarios, por lo que empresas como TV Azteca, Grupo Televisa y estaciones de radio conservarán su independencia editorial. El objetivo declarado es facilitar a televidentes y radioescuchas el ejercicio de sus derechos mediante procedimientos para presentar observaciones, sugerencias, peticiones, señalamientos o quejas ante los medios.
Aunque se suprime la prohibición explícita sobre «información falsa», los lineamientos establecen obligaciones que estarán bajo supervisión. Entre estas figuran la obligación de contar con códigos de ética, mecanismos para recibir y atender quejas o señalamientos de audiencias, y el uso de recursos visuales que diferencien publicidad, información noticiosa y contenidos de opinión.
El régimen incluye un esquema sancionador: las multas pueden ir de 0.01% hasta 1% de los ingresos del concesionario, según la gravedad de la infracción. Las sanciones pueden anularse si el concesionario subsana la omisión antes de la intervención de la autoridad; además, para una primera infracción de baja gravedad se contempla la posibilidad de emitir un aviso preventivo.
Los Lineamientos entrarán en vigor 30 días naturales después de su publicación en el DOF, por lo que comenzarán a aplicarse a finales de septiembre. La CRT afirmó que con estas reglas se fortalece un marco orientado a proteger los derechos de las audiencias, sin afectar la libertad de expresión ni la autonomía editorial de los medios.


































































































