
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó que a partir del 24 de abril de 2026 entrará en vigor un nuevo complemento concepto para la facturación de hidrocarburos y petrolíferos. Este mecanismo fiscal forma parte del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) y busca fortalecer la lucha contra el comercio ilícito de combustibles en el país.
Se estableció que todos los establecimientos que venden o comercializan gasolina regular, gasolina premium o diésel deberán contar con un permiso vigente emitido por la Comisión Nacional de Energía (CNE). En caso de no contar con este permiso, no podrán emitir CFDI relacionados con estos combustibles.
El SAT hizo un llamado a los permisionarios para que verifiquen la vigencia de sus permisos y, en caso de ser necesario, regularicen su situación ante la CNE para evitar contratiempos en la emisión de comprobantes fiscales. Para facilitar esto, el organismo facilitó un enlace donde consultar información sobre los permisos vigentes.
Este nuevo sistema se desarrolló mediante una colaboración entre el SAT, la Secretaría de Energía, la Comisión Nacional de Energía y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones, con el propósito de endurecer las medidas contra el mercado ilegal de combustibles y mejorar el control fiscal en el sector energético.



































































































