
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) abrirá un debate a partir del 8 de enero para considerar la extensión de la tasa cero del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a todos los productos relacionados con la gestión menstrual. Actualmente, sólo las toallas sanitarias, tampones y copas menstruales están exentos de este impuesto desde 2022.
El proyecto presentado por el ministro Irving Espinosa Betanzo busca consolidar el derecho a la “menstruación digna” con una cobertura más amplia que incluya también productos como ropa interior menstrual, esponjas marinas y discos menstruales, eliminando la tarifa del 16% que actualmente se aplica solo a ciertos insumos.
Esta iniciativa surge tras reclamos de empresas como Nueva Walmart México, que señalaron que la normativa vigente excluye productos esenciales para el cuidado menstrual, tales como pantiprotectores, ropa interior menstrual de diferentes materiales, jabones y parches para aliviar cólicos. Además, varias asociaciones civiles presentaron un recurso al máximo tribunal para argumentar la inconstitucionalidad del cobro del IVA en productos de higiene femenina.
Según datos proporcionados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la exención del IVA en productos menstruales provocó una renuncia recaudatoria cercana a 6,717 millones de pesos en 2025, cifra que se espera aumente a 7,131 millones para 2026, lo que representa una porción mínima del PIB nacional (0.0187%). De aprobarse la propuesta, se potenciarían avances en la educación menstrual y el acceso equitativo a productos básicos de salud femenina en México.




































































































